EL PROBLEMA DE LA "TEORÍA DEL CASO" SE PUEDE RESUMIR EN TRES SITUACIONES. LA PRIMERA ES QUE ALGUNOS ACADÉMICOS HAN CONFUNDIDO LA "TEORÍA DEL CASO", PROPIA DEL MÉTODO DEL CASO, CON LAS TÉCNICAS DE LITIGIO PARA EL PROCESO ACUSATORIO. LA SEGUNDA ES QUE ALGUNOS ACADÉMICOS HAN CONFUNDIDO "TEORÍA DEL CASO" CON "ALEGATO DE APERTURA". LA TERCERA, MÁS PREOCUPANTE PORQUE REDUCE EL PROCESO ACUSATORIO A TEORÍA DEL CASO, ES QUE ESTOS ACADÉMICOS CENTRAN LA "TEORÍA DEL CASO" -QUE ES UN MÉTODO DE ENSEÑANZA PARA EL LITIGIO- EN LA ETAPA DE JUICIO
A estos tres problemas se suma una cuarta situación metodológica, en la que influye la capacitación de nuestros juristas en el sistema norteamericano: las técnicas de litigio oral. Estas, por lo general, se limitan a técnicas de alegato de apertura, alegato de cierre, interrogatorio o examen de testigos y contrainterrogatorio y/o contraexamen, propias del juicio oral ante el jurado. Nuestros juristas mezclaron las técnicas de litigio norteamericano con la teoría del caso -pedagógicamente concebida- y elaboraron un método de litigio. Algunas codificaciones se han "animado" a admitir la "teoría del caso" en la normativa procesal penal porque ignoran que la teoría del caso nace, no como "estrategia de litigio", sino como método de enseñanza del proceso -método del caso-, no así un concepto procesal.
Enseñamos la "teoría del caso" como técnica procesal, y por ende, comprendiendo todas las "aristas" del sistema acusatorio que, lógicamente, nos centra en la investigación policial por delito, en la investigación ministerial, en la aplicación de criterios de oportunidad, en resaltar el principio alternativo desde la conciliación hasta el procedimiento abreviado y, lógicamente, para aquellas pocas causas que terminan en juicio oral. Con ese objetivo -como técnica procesal y como técnica de enseñanza- se centra en la "teoría del caso" para aprender la etapa de investigación como descubrimiento y acopio de prueba para preparar, especialmente, las audiencias preliminares al juicio oral.