LA OBRA ANALIZA LAS DOS REFORMAS CONSTITUCIONALES FUNDAMENTALES QUE HACEN POSIBLE LA TRANSFORMACIÓN DEL SISTEMA QUE DEBE REGIR A LOS MENORES DE EDAD QUE INFRINGEN LA LEY PENAL: LA REFORMA DE 2005 AL ARTÍCULO 18 CONSTITUCIONAL, EN CUANTO AL TEMA DEL MENOR DE EDAD QUE INFRINGE LA LEY PENAL, Y LA REFORMA CONSTITUCIONAL DE 2008, QUE EN SIETE NUMERALES SE REFIERE A LA MATERIA PENAL ESPECÍFICAMENTE, MISMOS QUE A PARTIR DE 2016 DEBERÁN SER EL REFERENTE PARA LA IMPLEMENTACIÓN REAL DEL NUEVO SISTEMA DE JUSTICIA PENAL.
Resulta de suma importancia entrelazar estas dos reformas, reconociendo las particularidades específicas que deben atenderse con el fin de armonizarlas en beneficio de su eficaz y eficiente operatividad. La instrumentación de estas reformas debe considerar todos los aspectos necesarios para la correcta divulgación de su contenido, para poder llevar a cabo el cambio necesario, armónico y respetuoso de los derechos fundamentales, del debido proceso legal y del acatamiento de los principios sustantivos.
Por lo anterior, este trabajo pretende presentar los aspectos más relevantes que motiven a continuar trabajando en busca de la implementación real del sistema.