El autor realiza en esta obra la revisión teórica, constitucional, legal y jurisprudencial sistema de unificación de jurisprudencia en Mexico y su relación con la nueva naturaleza material de tribunal constitucional que tiene la Suprema Corte de Justicia de la Nación; asi mismo sostiene que dicho sistema o faculltad para resolver las contradicciones de tesis debe corresponder su atención a la Suprema Corte, porque desde el punto de vista de la doctrina constitucional extranjera -y por comparación con otro sistemas jurídicos- no existe impedimento para que un tribunal constitucional pueda poseer facultades que aun y cuando no sean de estricta constitucionalidad, siempre que éstas generen importantes efectos al interior de sistema jurídico de un país, tal como Hans Kelsen lo sostuvo cuando dijo que el tribunal constitucional sí puede tener atribuidas facultades que no obstante carezcan de esencia o efectos de constitucionalidad, si con ellas se produce un efecto importante al sistema jurídico nacional, como lo es en México.