El lector podrá conocer el marco legal en materia laboral y de seguridad social en México, el contexto estadístico del mercado laboral en el país, los fundamentos de las reformas de inclusión y protección de Derechos Laborales, como la apertura de la seguridad social a una población tradicionalmente excluida y con un gran nivel de vulnerabilidad: Las personas trabajadoras del hogar, las que laboran en forma independiente y aquellas que perciben ingresos a través de la utilización de plataformas tecnológicas; el trabajo colaborativo y la subcontratación. Esta obra se divide en cinco partes: a) las relaciones de trabajo en la legislación nacional; b) transformación del mercado laboral en México, modificaciones derivadas de la Reforma de Subcontratación Laboral; c) Evolución de la seguridad social en México, programas piloto de ampliación de la base de asegurados; d) el reto de la inclusión; y e) reflexiones finales. Se incluyen, además, entrevistas con personajes de los ámbitos académico y judicial, luchadores sociales y representantes de los sectores patronal y obrero, todos ellos piezas clave en la evolución de la legislación mexicana en las materias laboral y de seguridad social. Su testimonio permite palpar la realidad histórica, vivida desde distintos ángulos en torno a los diversos temas que se abordan en este libro.
El libro que el lector tiene en sus manos es paradójico. Por una parte, su índice parecería dar cuenta de un derecho del trabajo tradicional: Relaciones individuales y colectivas, procedimientos, instituciones y régimen disciplinario. Es decir, todo aquello que componen los manuales estudiantiles, los estudios tradicionales o los entendimientos históricos del derecho laboral desde hace ya varios años. Por otra parte, debajo de esos enunciados existe una descripción y análisis tanto de temas como de problemas actuales y vibrantes del mundo laboral. Algunos de ellos razonablemente bien formalizados y regulados, mientras que otros, por el contrario, en pleno proceso de entendimiento y ordenación.
Al leer el libro que el despacho Basham, Ringe y Correa ha preparado para sus clientes, amigos y el público en general, he reflexionado sobre la condición paradójica acabada de enunciar. Si bien esta es general en muchos ámbitos del derecho, cobra o tiene incidencia en lo que se refiere al mundo del trabajo. Como no podría ser de otra forma, las normas jurídicas mediante las cuales buscan ordenarse los fenómenos vinculados, dicho ahora de manera general, con el empleo, no pueden ser sino hijas de su tiempo. Es decir, se producen en un momento histórico específico y tratan de regular, por lo mismo, las condiciones de ese tiempo o, aventurando un poco más las cosas, de uno próximo a él.
La legislación laboral mexicana se produjo para hacer frente a un mundo en el que las principales formas del trabajo quedaban reducidas a expresiones en buena medida conocidas al momento de legislar. El trabajo en el campo, la industria o los servicios, primordialmente, tenían, si no larga data, sí al menos, una expresión histórica lo suficientemente clara como para poder ser modelada jurídicamente. ¿Qué de nuevo había en el trabajo industrial, por ejemplo, en los procesos de construcción de automóviles frente al que luego se realizaría para la manufactura de chips u otros componentes electrónicos? Más allá de la novedad del componente mismo, de las particularidades de las cadenas de ensamblaje o de los materiales utilizados, allí donde hubiera un trabajo humano se mantenían relativamente constantes los elementos fundamentales de la relación laboral. La manera de contratar a los operarios, las causales de rescisión o terminación del trabajo, la formación o disolución de los sindicatos correspondientes, por ejemplo, estuvieron sujetas a condiciones semejantes. Dicho de otra manera, el cambio tecnológico no produjo, al menos radicalmente, una modificación sustantiva en los aspectos básicos del empleo y de todo aquello que le concernía.