Con motivo de la Reforma Constitucional en materia de Seguridad Pública y Justicia Penal, se implementaron cambios importantes en el Sistema de Procuración y Administración de Justicia, lo cual reflejó nuevo roles en los distintos participantes del sistema.
La misión constitucional de la policía por principio de cuentas será la investigación con dos objetivos primordiales -que no los únicos- la investigación para la prevención del delito y la investigación para la persecución una vez cometido aquel, con la finalidad de evitar un hecho delictivo, así como lograr su esclarecimiento, identificar al sujeto activo, y reparar el daño a la víctima lográndose con ello el objeto del proceso penal.
La policía cuenta con nuevas facultades que le otorgan los distintos ordenamientos jurídicos desprendidos del Decreto de Reforma Constitucional, como por ejemplo la debida preservación y control de la escena del crimen o del hallazgo según sea el caso, así como el correcto procesamiento de indicios, huellas o vestigios, instrumentos, objetos o productos del delito, existiendo para tales efectos unidades de policía facultadas por los integrantes del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
En el sistema procesal acusatorio prima el principio de oralidad que obliga a hablar ante los tribunales siendo de gran importancia una buena comunicación que permita que los operadores desempeñen eficazmente su labor de investigación de los delitos.
Una cualidad que debe desarrollar todo policía es la ser un excelente entrevistador, máxime aquel elemento dedicado a labores de investigación.