En este libro se reúnen 50 registros relacionados con los fluidos corporales (sangre, semen, saliva, sudor, orina, entre otros). La muestra de un fluido corporal tiene relación con cuatro derechos fundamentales, a saber: 1. Derecho a la información; 2. Derecho a la intimidad; 3. Derecho a una defensa; y 4. Derecho a su integridad corporal. El tema inicia con la lectura del artículo 136 del Código Nacional de Procedimientos Penales, que se lee como sigue: Si por las circunstancias del caso, las partes que intervienen en el procedimiento consideran necesaria la asistencia de un consultor en una ciencia, arte o técnica, así lo plantearán al órgano jurisdiccional. El consultor técnico podrá acompañar en las audiencias a la parte con quien colabora, para apoyarla técnicamente. El consultor técnico en materia de fluidos corporales tiene capacidades especiales para realizar cualquier observación, sugerencia u opinión relacionada con la obtención de muestra de sangre u otro fluido análogo. El principio de inocencia, el principio de confianza y los derechos fundamentales son relevantes en la toma de una muestra de sangre u otro fluido análogo.