La reforma penal del 18 de junio de 2008 nos ofrece un horizonte de I profundo a nuestro sistema penal. Se trata de la que, sin exageración, ser calificada como la reforma penal más profunda en toda la existencia de nuestra Constitución.
Dicha reforma fue complementada con otra publicada en el Diario Oficial de la Federación el 8 de octubre de 2013, por medio de la cual se faculta al Congreso de la Unión para expedir una legislación única a nivel nacional en material de procedimiento penal. El resultado de dicha atribución es precisamente el Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP) que el lector podrá encontrar en la segunda parte de este libro. El CNPP fue publicado en el DOE el 5 de marzo de 2014.
A partir de tales reformas cabe señalar, de forma general, que los propósi-del procedimiento penal en México son los siguientes, de acuerdo a lo que establece el articulo 20, apartado A, fracción I, de la Constitución y el artículo
CNPP:
1. Esclarecer hechos que se supone puedan ser calificados como delitos.
2. Proteger a las personas inocentes.
3. Procurar que las personas culpables no queden impunes.
4. Lograr que los daños causados por la comisión de un delito sean reparados.
5. Asegurar el acceso a la justicia en la aplicación del derecho.
6. Resolver el conflicto que surja por la comisión de un delito, respetando los derechos humanos establecidos en la Constitución y los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte.