El amparo es una de aquellas instituciones que más interés causa en el mundo jurídico. En nuestro país se ha escrito sobre ella desde ópticas diversas; el Derecho Procesal, el Derecho Constitucional, el Derecho Fiscal, el Derecho Penal, etcétera.
Tras la reforma de la Norma Fundamental, la figura modificó su fisonomía, habitualmente trazada entre las garantías procesales y desarrollada, esencialmente, como un proceso o juicio de amparo.
Desde entonces, pensamos que el amparo creó el "derecho a la tutela judicial" a través de un proceso rápido y expedito, pensado sin rigideces ni tecnicismos y que, dadas esas características, obligaba a un trámite sencillo que podía ser actuado con el simplismo de la norma constitucional.
Sin embargo, los proyectos de reglamentación son muchos, como mayores son las demoras en esclarecer los alcances de este nuevo precepto.
En otras obras, hemos manifestado nuestra opinión acerca del significado que tiene este empalme entre el proceso y la Constitución (ver El derecho de amparo, Depalma, eds. 1995 y 1998), y por qué es la columna que sostiene a una disciplina nueva como es el Derecho Procesal Constitucional (cfr. Derecho Procesal Constitucional, Editorial de Belgrano, 1999).
De ambos libros hemos conservado las ideas generales, pero se ha revisado en profundidad los criterios del juicio de amparo, para explicar las fisuras que mantiene la ley 16.986 -en lo que se puede considerar vigente-; mostrar el curso jurisprudencial después de la reforma y las acciones que debieran emprenderse, desde los deberes y obligaciones jurisdiccionales, para hacer realidad aquella promesa del "juicio rápido y expedito".