La interpretación jurídica puede llevarse a cabo en el interior del derecho o en relación con su exterior. tal interpretación podrá consistir, entonces, en una metodología de la indagación y de la decisión del juez que se mueve, idealmente, en el ámbito de un ordenamiento jurídico.
O bien, la interpretación jurídica puede tomar el derecho considerado en su conjunto, ya que este hace las veces de metodología práctica de la vida social, para identificar-por ella-la estructura que le es característica. En este segundo caso, el jurista se sitúa fuera del orden jurídico, para aprehenderlo en su significado global.