El arribo del sistema acusatorio a la región, por decir lo menos, no solamente postergó y dejó fuera de vigencia al sistema inquisitivo, sino, que basilarmente introdujo la oralidad a los respectivos ordenamientos jurídicos.
Cabe resaltar en consecuencia, que la oralidad no solamente precisa ser implantada en sedes: penal, laboral y civil, sino, en la totalidad de ramas del Derecho.
Como cuestión previa, es preciso dejar constancia que la presente obra desarrolla y plantea las estrategias de litigación oral interdisciplinarias. Ello, no resulta ser sinónimo de las técnicas de litigación oral. Ello en tanto, que las estrategias de litigación oral se constituyen en la estructura y diseño que cada abogado elabora y utiliza cuando litiga en sede oral. Y, distintas son las técnicas de litigación oral, puesto que son los métodos que de carácter plano y genérico se utiliza en la litigación oral.
En tal sentido, como indicábamos, la propuesta de la presente obra deviene en insular, singular, única en su especie en el orbe, pues, marca un antes y un después con la novedad del desarrollo de las estrategias de litigación oral interdisciplinarias (se ocupa entonces, además, de escenarios extranjeros al Derecho, como el deporte, fauna, medio ambiente).